Aprueban ley para respaldar menaje de casa hasta de $100 mil a salvadoreños que retornen al país

La normativa de beneficios y protección para la diáspora creará un marco legal para incentivar el retorno o establecimiento temporal de compatriotas que residen en el exterior, mediante estímulos económicos de hasta $100,000 en menaje de casa.

Nuevamente, los diputados de la Asamblea Legislativa demostraron la importancia que tiene la diáspora salvadoreña para el Gobierno del presidente Nayib Bukele, contrario a lo que ocurría en el pasado, cuando los mandatarios de turno veían a los compatriotas únicamente como generadores de remesas familiares.

En la plenaria número 68, los legisladores aprobaron, con 60 votos, la Ley Especial de Beneficios y Protección para la Diáspora y Personas en Movilidad Humana, con la que se creará un marco legal para incentivar el retorno o establecimiento temporal de salvadoreños que residen en el exterior, mediante estímulos económicos y sociales de hasta $100,000 en menaje de casa (conjunto de muebles y accesorios de una vivienda que sirven exclusivamente para el uso de una familia).

“Esta ley tiene un antecedente y nació en el 2021, pero no es el único instrumento jurídico que creamos para la diáspora. Por ejemplo, le dimos vida al tema del voto en el exterior para que miles de salvadoreños participaran para las elecciones. Con ello, fortalecemos la democracia en el país”, expuso en el pleno el diputado Raúl Chamagua. El afirmó que antes los compatriotas eran vistos como salvadoreños de segunda categoría y generadores de remesas.

La Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales, que otorgaba beneficios fiscales por hasta $70,000 en menaje de casa que estaba vigente será derogada.

Mientras que con el nuevo marco normativo, El Salvador será el primer país en Centroamérica que dispondrá de una ley en materia de movilidad humana; a nivel latinoamericano, se igualará a Ecuador y a Colombia.

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Uno de los requisitos para obtener dicho beneficio es que todo salvadoreño que resida en el exterior deberá manifestar debidamente su intención de retornar o establecerse en un domicilio temporal en El Salvador, independientemente del tiempo, condición migratoria y el país en el que haya residido.

El interesado deberá presentar una declaración jurada ante la Dirección Nacional de Migración y Extranjería (DGME), en la que establezca su domicilio en el país. Además, tendrá que modificar con esta información su Documento Único de Identidad (DUI).

Quedarán excluidos de estos bienes los salvadoreños que tengan alertas migratorias, órdenes de captura o restricciones de ingreso.

Beneficios de la nueva normativa

Para incentivar el retorno de la diáspora, la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador (INVEST), en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Economía (MINEC), facilitará las inversiones de los residentes en el extranjero, a través de la creación de programas y proyectos que fomenten dichas inversiones.

Además, entre los beneficios de la ley está la exención total de impuestos para la importación del menaje de casa del grupo familiar, siempre y cuando el valor no supere los $100,000.

El Ministerio de Trabajo y Previsión Social creará el registro denominado “Empleos para Salvadoreños Retornados”, para que los empleadores que decidan acogerse al programa se inscriban a efecto de obtener los beneficios correspondientes.

La coordinación que la ley establece

Para velar por el cumplimiento de la normativa, se creará el Mecanismo de Coordinación Nacional sobre Movilidad Humana, que será responsable de diseñar la Política Nacional sobre Movilidad Humana y coordinar programas públicos de asistencia, así como gestionar cooperación internacional en esta materia.

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También se encargará de dar seguimiento a los compromisos internacionales suscritos y ratificados por El Salvador referentes a la movilidad humana. Además, gestionará la cooperación internacional de las diferentes entidades claves en torno a esta temática.

El Mecanismo será coordinado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del Viceministerio de Diáspora y Movilidad Humana.

Este estará constituido por el Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Aduanas y de la Dirección General de Impuestos Internos; por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería; por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social; por la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones de El Salvador; por el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia (CONNA); y por la Procuraduría General de la República (PGR).

Importación de vehículos e implementos de trabajo

Para uso personal, la ley permitirá la importación libre de impuestos de dos vehículos livianos, con la condición de que no sean considerados chatarra, por lo que deberán estar en perfecto estado de funcionamiento.

Dichos automotores familiares se deberán conservar en propiedad por al menos dos años; transcurrido este tiempo, se podrá proceder a su transferencia.

De no cumplir con dicho periodo, se revocará la exención otorgada al salvadoreño beneficiado, por lo que deberá cancelar los tributos de los que había sido exento al momento de la introducción del vehículo.

Para llevar el control de lo anterior, la persona deberá informar periódicamente a las autoridades aduaneras, a fin de garantizar el cumplimiento de los pagos correspondientes.

Mientras que para uso laboral, los integrantes de la diáspora podrán importar vehículos catalogados como herramientas de trabajo. Además, contarán con la exención de aranceles para bienes, insumos, equipos y herramientas relacionadas con el oficio o actividad productiva del retornado, dentro del primer año de su regreso al país.

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Las mercancías que se introduzcan al territorio salvadoreño bajo dicha modalidad en el marco de esta ley deberán ampararse en una declaración de acuerdo con el formato y condiciones de presentación que establezca la Dirección General de Aduanas.