Disposiciones agilizarán permisos en obras de telecomunicaciones y urbanísticas

Las medidas aprobadas por los diputados contribuirán a facilitar el crecimiento urbano en zonas con limitadas capacidades técnicas municipales.

Con 59 votos, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron el decreto de “Disposiciones especiales para el otorgamiento de trámites y permisos para obras de infraestructura pasiva para el servicio público de telecomunicaciones y otras obras o proyectos de construcción por el Ministerio de Vivienda”.

El objetivo principal de la normativa es acelerar la expansión de infraestructura clave, como torres y sistemas de telecomunicación, además de facilitar el desarrollo de viviendas dignas, principalmente para sectores de bajos ingresos.

Entre las facultades que tendrá la institución destacan: Otorgar permisos relacionados con infraestructura de telecomunicaciones; autorizar diversos trámites urbanísticos para proyectos de interés social; aprobar construcciones menores a 250 metros cuadrados, cuando las municipalidades no tengan capacidad técnica; emitir permisos pendientes para proyectos con antecedentes vigentes; además de supervisar el cumplimiento de estas disposiciones e imponer sanciones.

Las alcaldías no cobrarán tasas adicionales por estos proyectos, salvo si se ejecutan en terrenos municipales. Además, se establecerá un régimen sancionador con multas para quienes construyan sin permisos o incumplan requisitos técnicos.

Los proyectos de interés social tendrán beneficios especiales, como la reducción de tarifas registrales y exención del requisito de solvencia municipal.

Con lo aprobado se busca ordenar, facilitar y controlar el desarrollo urbano y habitacional, además de fortalecer la conectividad en todo el territorio nacional.

En el caso de las obras de infraestructura pasiva de telecomunicaciones, las compañías presentarán todos sus permisos en un solo lugar, con tasas unificadas, permitiéndoles expandir la conectividad.

Facilitar el acceso a las telecomunicaciones y la promoción de proyectos habitacionales de interés social contribuyen a la modernización y el desarrollo integral del país.

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Por ello se busca incentivar la producción de este tipo de obras, a través de la mano de la empresa privada, agilizando la tramitología.

Trámites y permisos para proyectos de interés social

De acuerdo a lo establecido, los desarrolladores, tanto públicos como privados, de proyectos de interés social tramitarán permisos clave ante el Ministerio de Vivienda. Entre estos, zonificación, revisión vial, factibilidad de aguas lluvias, permiso de parcelación, permiso de construcción y recepción de obras.

Los demás permisos o trámites establecidos en la Ley de Creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción serán otorgados por las autoridades competentes de conformidad con la misma.

Las construcciones sin todos los permisos requeridos estarán sujetas a sanciones establecidas en las presentes disposiciones y en la Ley de Creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción.

Tarifas registrales y requisitos de inscripción

Los proyectos de interés social pagarán únicamente el 25 % de las tarifas registrales y estarán exentos de presentar solvencia municipal para ser inscritos en el Registro de la Propiedad. Esto con el fin de facilitar el acceso a la legalización de viviendas destinadas a poblaciones vulnerables.

Municipios con poca capacidad técnica serán asistidos

Aunque las municipalidades seguirán siendo competentes en proyectos menores de 250 metros cuadrados y otras obras bajo su jurisdicción, el Ministerio de Vivienda evaluará su capacidad técnica.

Si se determina que no cuentan con los recursos necesarios, esta cartera de Estado tomará el control del proceso.

Inspecciones y régimen sancionador

El Ministerio de Vivienda tendrá la facultad de realizar inspecciones, requerir documentos y emitir lineamientos técnicos, así como de sancionar en caso de incumplimiento de la ley y según las faltas, clasificadas como: graves y muy graves.

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Las infracciones graves serán objeto de multas de entre el 1 % y 5 % del valor del terreno y la obra, mientras que las muy graves serán sancionadas con multas de entre el 6 % y 10 % del mismo valor.

Estas penalizaciones buscan garantizar el cumplimiento normativo y evitar construcciones irregulares.